Reforma sobre Teletrabajo

El lunes 11 de enero de 2021 se publicó el "Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo."

 

En dicho decreto se establece que regirán por las disposiciones de dicho capítulo las relaciones laborales que se desarrollen más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio  elegido por ésta.

 

Entre los puntos importantes de esta reforma se encuentran:

a) El teletrabajo es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón.

b) Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato.

c) La modalidad de teletrabajo formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas.

d) Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo.

e) En modalidad de teletrabajo, los patrones tendrán obligaciones especiales como: proporcionar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo; asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo; entre otros.

f) Las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo tienen obligaciones

especiales, como: cuidado en la guarda y conservación de los equipos que reciban del patrón; informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo; entre otros.

g) El cambio en la modalidad de presencial a teletrabajo, deberá ser voluntario y establecido por escrito, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada.

h) El patrón debe promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato a los trabajadores presenciales.

i) Garantizar el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo.

j) Las condiciones especiales de seguridad y salud serán establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en una Norma Oficial Mexicana a publicarse en un máximo de 18 meses.

k) Los Inspectores del Trabajo tienen atribuciones y deberes especiales, como: comprobar que los patrones lleven registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, entre otras.

 

Puedes acceder al texto completo de esta reforma en nuestra sección de Documentos Descargables.